EL  ATRIBUTO DE LA INMUTABILIDAD DE DIOS EN RELACIÓN AL MANDAMIENTO  DIVINO DE DIEZMAR.


            Comenzando con una información gramatical: el sustantivo:   "inmutabilidad" en cuanto a su etimología , procede en su primera parte del prefijo latino: "in", que en este caso equivale  a la preposición de la lengua castellana: "sin" , y, el resto del término mencionado: "mutabilidad" proviene del latín también: "mutabilitas" que significa: "inconstancia", y, en consecuencia, este nuevo estudio bíblico trata sobre el atributo de la naturaleza invariable o inmutable de Dios con referencia a las doctrinas bíblicas establecidas en el Antiguo Testamento, en general, y, en particular, del precepto originado en el Creador del universo de entregar el diezmo en una congregación cristiana verdadera.

          Por su parte, los atributos divinos  también denominados:
"perfecciones" en teología bíblica, se dividen en comunicables e incomunicables, y, entre los primeros, vale decir, aquellos que Dios traspasó por medio del Espíritu Santo a los habitantes de este mundo, y, particularmente a sus escogidos como el amor, la bondad, la santidad, la  justicia, la misericordia, la sabiduría, etc.,  y, los incomunicables son aquellas virtudes supremas que son exclusivas de Jehová como su infinitud, su omnipotencia, su omnipresencia, su omnisciencia, su eternidad, su autosuficiencia, su carácter espiritual, esto es, que el Altísimo es un espíritu en su esencia, su autoexistencia, su soberanía y su inmutabilidad, la que abordaré en este trabajo teológico, aunque con la salvedad que hay atributos que son únicamente de Dios, pero han sido traspasados a sus elegidos como la santidad, que en grado absoluto es prerrogativa del Señor Todopoderoso, la sabiduría, la justicia, el amor, la misericordia, etc., los cuales son practicados imperfectamente en los llamados en su tránsito terrenal  por el Padre celestial para alcanzar la vida eterna.

           A su vez, concerniente a los versículos bíblicos que abordan el tema teológico de la inmutabilidad de Dios, los dividí también en veterotestamentarios y neotestamentarios, los cuales son los siguientes:

   (Nota: existen  varios  versículos o pasajes bíblicos más sobre el tema de la inmutabilidad divina, tanto en el antiguo y nuevo pacto, pero para NO alargar en demasía este trabajo teológico, comentaré solo algunos textos escriturales escogidos).                                                                                               

          I)   EN EL ANTIGUO TESTAMENTO

                 1)  NÚMEROS 23:19

             El verbo del hebreo bíblico utilizado en este versículo:
"najám", y, traducido como: "se arrepienta" en la versión Reina-Valera de 1960, significa en el idioma predominante en el cual se escribió el: "antiguo pacto", expresión empleada en 2a Corintios 3:14 (aunque a la verdad en el Antiguo Testamento hay varias alianzas o pactos de Jehová con la humanidad):  cambiar de parecer, retractarse, tener compasión, lamentar haber hecho  algo, compadecer, consolar o consolarse, tomar o tener satisfacción, consuelo, misericordia, pesar, etc.

          Además, John W.  Haley y Santiago Escuain en su: "DICCIONARIO DE DIFICULTADES Y APARENTES CONTRADICCIONES BÍBLICAS" publicado por la: "Editorial Clie" en el capítulo uno: "DISCREPANCIAS DOCTRINALES"  dedicada a las perfecciones de Dios, y, en la parte titulada: "INMUTABILIDAD" manifiestan: (cito textual) "Con respecto a su esencia, atributos y carácter moral, así  como su inflexible determinación de castigar el pecado y de recompensar la virtud, en Dios no hay fases ni periodos de sombra", página 173.   

          2)  1a  SAMUEL 15:29

           En este versículo citado, el término del hebreo bíblico: 
"nétsaj" trasladado a la lengua castellana en la versión Reina-Valera de 1960 como: "gloria" significa: "eterno, siempre, eternidad, perpetuo, impertubable, pertinaz, continuidad o continuamente, fuerza, victoria.

          Asimismo, en 1a Samuel 15:29 se usa dos veces también el verbo del hebreo bíblico: "najám", ya explicado en el punto: "1" de este trabajo teológico, y,  entre sus acepciones se encuentra: "cambiar de parecer", la cual es particularmente importante para el versículo escritural antes indicado, porque toda persona que vive en este mundo cambia de opinión primero, y de conducta después a partir de una decisión iniciada en su  mente, y, la primera mención en la Reina-Valera de 1960 del verbo español: "arrepentirse" se halla en el texto hebraico del Antiguo Testamento en el estado imperfecto o futuro, lo cual enseña que los seres humanos sumamente imperfectos que habitan este planeta,  alteran o modifican su pensamiento rápidamente con respecto a su vida pasada,   empero el Dios omnipotente NO lo hace, sino que  permanece inalterable en su esencia, en sus atributos y la revelación oral y escrita sobre todo emanada de el mismo.

         3) MALAQUÍAS 3:6

           En la gramática del hebreo bíblico, el estado perfecto indica una acción ya pasada, acaecida o realizada, pero, igualmente, puede indicar un hecho o estado actual como señala William Sanford Lasor en el volumen II de su: "MANUAL DE HEBREO BÍBLICO" publicado por la casa editora: "CLC"
(cito textual)  "35512 El perfecto se puede usar para indicar una acción o estado que ocurre en el presente", y, agrega a continuación: (cito textual) "355121 puede ser una condición presente que resulta de una acción completa", página 233, y, este es el caso, justamente, de la oración en sentido gramatical:
"porque yo Jehová no cambio" en la cual el presente de acuerdo a la traducción en lengua castellana de la versión Reina-Valera de 1960: "(no) cambio" señala un acto continuado, reiterativo, durativo, duradero, permanente, e, incluso eterno e inalterable, como enseña este versículo bíblico. 

          EN EL NUEVO TESTAMENTO

           4)  HEBREOS 6:17 y 18

                 En Hebreos 6:17, aunque la versión de la Santa Biblia Reina-Valera de 1960, y, la cuarta edición de la: "BIBLIA TEXTUAL" de la:
"SBI"  tradujeron la inmutabilidad de..., no obstante, la traducción correcta del griego koiné al idioma español es: "lo inmutable, puesto que antes del adjetivo: "inmutable" hay un artículo neutro equivalente en el griego bíblico y en la lengua castellana a: "lo",
y,  el cual sirve para enfatizar o resaltar mejor el atributo divino de su invariabilidad en relación a su naturaleza misma incluyendo sus designios, y, a su vez, el adjetivo del griego bíblico: "ametázetos" es en su etimología u origen: "sin cambiar", y en relación a sus significados son: "intransmutable, inmutabilidad, fijo".

           Y, a su vez, la inmutabilidad o invariabilidad del Señor Todopoderoso con arreglo a Hebreos 6:17 y 18 ya mencionados queda demostrado por:
           a)  la promesa de Dios, porque es imposible que este mienta como declara solemnemente Hebreos 6.18, y, 
          b) el juramento que confirma o corrobora la promesa lo anterior presentándose el mismo como mediador entre él y los seres humanos, porque no hay otro superior a Jehová.

          5)   SANTIAGO 1:16 y 17

            En Santiago o Jacobo 1:17 el término: "parallagé" traducido como: "mudanza" en la versión Reina-Valera de 1960 significa en el griego clásico y koiné: variación o variedad, cambio, vicisitud, diferencia, transmutación, movimiento alternativo, volubilidad, y en este mismo versículo mencionado, el vocablo siguiente: "tropé" en el texto griego del Nuevo Testamento trasladado al idioma español en la misma versión Reina-Valera de 1960 como: "variación", habiendo tenido esta palabra su origen en el movimiento o revolución que experimentan los astros o cuerpos celestes, significa en el griego clásico y bíblico: cambio, vuelta, alteración,, fuga o acción de poner en fuga, derrota, huida, giro, conversión, revolución, alternativa, y, la voz griega que viene a continuación:
"aposkíasma" vertido como: "sombra" en la Reina-Valera de 1960 también significa en el griego clásico y bíblico: sombra proyectada implicando una alternancia de sombra y luz, obscuridad u oscurecer.



         EL SUPUESTO ANTAGONISMO ENTRE EL TIEMPO DE:
        "LA LEY"  Y LA: "DISPENSACIÓN DE LA GRACIA".

              En el: "NUEVO TESTAMENTO INTERLINEAL GRIEGO-ESPAÑOL" del Dr. Francisco Lacueva destacado hebraísta y helenista español (1911 al 2005), exsacerdote católico-romano convertido a Cristo, y que fue licenciado y doctorado por la:
"Universidad Pontificia de Salamanca" cuando pasó por este mundo, tradujo literalmente del griego koiné al español Mateo 5:17 de la siguiente manera: "No penséis que vine a destruir la ley o los profetas;  no vine a destruir, sino a completar", y, este último  verbo mencionado que es: "pleróo"  significa en el griego clásico y bíblico:
llenar o rellenar, hinchar, colmar, cumplir, como lo tradujo la versión Reina-Valera de 1960, o cumplidamente, acabar, satisfacer, o acabarse, terminar, realizar, llegar, hartar, atestar, concluirse, pagar (una deuda, una promesa), suplir.

         Y, a su vez,  el excelente: "COMENTARIO EXEGÉTICO Y EXPLICATIVO DE LA BIBLIA. TOMO II EL NUEVO TESTAMENTO",
publicado por la: "Casa Bautista de Publicaciones" al autor cristiano (David Brown)  que le correspondió la interpretación del evangelio escrito por Leví, el publicano, señala sobre Mateo 5:17  "no he venido para abrogar, sino a cumplir (reproduciendo las palabras del Señor  Jesucristo)- No he venido para subvertir, ni abrogar, ni anular, sino para establecer la ley y los profetas", página 31, ("subvertir" significa: trastornar o perturbar algo que existe en la realidad), y, asimismo, el: "COMENTARIO BÍBLICO MOODY. NUEVO TESTAMENTO" redactado  por Everett F.  Harrison, acerca de Mateo 5:17 expresa: (cito textual) "17-20 No para abrogar. A la acusación que menosprecia el AT (,)  responde Cristo que no pretende en forma alguna anular o abrogar la ley", página 9.

       Por su parte, respecto a la hipotética oposición entre el tiempo de: "la Ley" y la dispensación de la gracia todavía vigente, incluyendo la entrega del diezmo para el que participa en una congregación cristiana auténtica, quiero citar un conjunto de textos de cristianos verdaderos:

        I)  Uno de los mejores esfuerzos que se han hecho para la enseñanza de las Sagradas Escrituras, y, que se han publicado en la lengua castellana, es el de la: "Editorial Mundo Hispano", porque los autores de aquellos comentarios tenían conocimientos y dominio de la Santa Biblia en sus idiomas originales, lo cual es difícil de lograr o alcanzar, como a mí personalmente me consta, y, además, cada volumen trae: "un artículo general" sobre  algún tema teológico, y, justamente, el: "COMENTARIO BÍBLICO MUNDO HISPANO" sobre:
"LEVÍTICO, NÚMEROS Y DEUTERONOMIO". Tomo 3 en el estudio previo titulado: "LA LEY (TORAH) escrito por Alberto R. Treiyer, en la parte denominada: "LA LEY EN EL NUEVO TESTAMENTO" manifiesta:  (cito textual)  "En conclusión, la relación entre la ley antigua y el evangelio es de continuidad. Si es hay que hablar de distinción, es de grado, no de clase o naturaleza (J. H.  Gerstner). Cuando Jesús dice: La ley y los Profetas fueron hasta Juan. A partir de entonces son anunciadas las buenas nuevas del Reino de Dios...
(Luc. 16:16) no presenta ninguna antítesis. No está diciendo que la predicación del reino ahora anula la ley de Moisés o los profetas, sino que ha llegado la época del cumplimiento. El contexto revela por un lado que los que se justifican a sí mismos no tienen cabida dentro del reino (v.15) y por el otro que los que creen que la ley se anula se equivocan (vv.17, 18, , 31). Aunque hay una  mayor revelación de la gracia y la verdad por medio de Jesucristo, que  lo que había podido percibirse en "la ley" que Dios por medio de Moisés (Juan 1:17), la luz elimina la vieja, sino que la enriquece y complementa". (El subrayado es mío). Y yo agrego que hay seguidores de Cristo que creen por conveniencia económica personal y errada que creen que un aspecto del tiempo de: "la Ley" del antiguo está caduca, vale decir, la entrega del diezmo en una asamblea cristiana auténtica.

         II)  Aiden Wilson Tozer más conocido en el ámbito cristiano-evangélico como A. W. Tozer, y, que ejerció durante 31 años el  pastorado en el siglo XX en la: "Alianza Cristiana y Misionera", y, que se caracterizó por lo acertado y profundísimo de su pensamiento espiritual, en su obra: "EL CONOCIMIENTO DEL DIOS SANTO" publicado por la: "Editorial Vida" (El título original de este texto en la lengua inglesa es: "The Knowledge of the Holy"), y, que trata acerca de los atributos del Creador del universo, en el: "Capítulo 19 La gracia de Dios", afirma:   (cito textual)
"La ley les fue dada a los hombres a través de Moisés, pero no se originó con él. Había existido en el corazón de Dios antes de la fundación del mundo. En el monte Sinaí se convirtió en el  código legal para la nación de Israel, pero los principios morales que comprende son eternos. Nunca existió un momento en la que la ley no representase la voluntad de Dios para la humanidad, ni un momento en el cual su violación no trajese su propio castigo, aunque Dios fue paciente y algunas veces pasaba por alto las malas acciones debido a la ignorancia del pueblo", página 102. (El subrayado es mío).

    III) El teólogo calvinista escocés John Murray (1898 a 1975) quien fue: "M. A. (Master en Artes o en Humanidades) por la Universidad de Glasgow, y, "Th. M." (Master en Teología) por el: "Seminario Teológico de Princeton" en los Estados Unidos, y, del cual la página web de la: "Editorial CLIE" declara: (cito textual) "Siguiendo los pasos de Geerhardus Vos (v.) dedicó todos sus esfuerzos de investigación teológica, donde se destaca por su detalle, precisión y análisis minucioso del texto original, como lo demuestra su comentario a Romanos en dos volúmenes", y, esto queda demostrado en su obra: "EL PACTO DE GRACIA" editado por la:
"Fundación Editorial de Literatura Reformada" en una cita larga que pondré en seguida, pero muy necesaria para probar la providencial continuidad NO solo de la dispensación de la gracia con el tiempo de: "la Ley", sino que en todos los pactos de Dios con la humanidad anteriores a la venida del Redentor y Salvador del género humano a este mundo: (cito textual) "Este enriquecimiento progresivo de la gracia que otorga el pacto no es, en modo alguno, una retracción o desviación del concepto constitutivo original, sino-como así debía esperarse-una expansión e intensificación del mismo. De ahí, pues, que al llegar a la cima y cúspide de la administración pactal en la época del Nuevo Testamento, hallemos que la soberana gracia y promesa alcanzan su más alto grado de dispensación;  pues se trata de una gracia que se otorga y una promesa que se da con miras a la consecución de la meta  más elevada para   el    hombre.  
No es de extrañar, pues ,  que al nuevo pacto se le llame el pacto eterno. En su progreso a través de las edades, la revelación del pacto alcanza su consumación en el nuevo pacto; éste no es distinto en principio y carácter de los pactos que le precedieron y lo prepararon; sino que es, de por sí, la completa realización y encarnación de aquella gracia soberana que había sido al principio constitutivo de todos los otros pactos.  Y al recordar que el pacto es, no solo otorgación de gracia y promesa juramentada, sino también relación con Dios en un plano que constituye la corona y meta de todo el proceso de la fe-unión y comunión con Dios-descubrimos otra vez que el nuevo pacto sitúa tal comunión en el plano más alto posible. Es el centro de la revelación pactal, y como coro incesante, encontramos la promesa cierta: "Yo seré vuestro Dios y vosotros seréis mi pueblo". Y no difiere de los demás por el hecho de que el nuevo pacto inaugure esta peculiar intimidad. Se diferencia, simplemente, por el hecho de que en él se alcanza el más rico y maduro disfrute de la comunión resumida en aquella promesa. También en este particular el nuevo es un pacto eterno: ya no admite más posibilidad de desarrollo o enriquecimiento. El mediador del nuevo pacto no es otro sino el Hijo mismo de Dios, el resplandor de la gloria del Padre y la expresa imagen de su substancia-el heredero de todas las cosas-.", páginas 46 y 47. (Los subrayados son míos).

       IV) El que fuera un sobresaliente o extraordinario cristiano escocés escocés conocido en el ámbito cristiano-evangélico como
F. F. Bruce (1910 a 1990), y, que fue profesor desde 1959 a 1978 de la famosa cátedra John Rylands de: "Crítica y Exégesis Bíblica" en la Universidad  de Manchester en Inglaterra, en su notable comentario bíblico titulado: "LA EPÍSTOLA A LOS HEBREOS" publicado por: "LIBROS DESAFÍO" en su interpretación de Hebreos 
1:1 y 2a asevera: (cito textual) "Por lo tanto, se observa que la revelación divina es progresiva, pero la progresión no va de lo menos verdadero a lo más verdadero, de lo  menos valioso a lo más valioso o de lo menos maduro a lo más maduro. ¿Cómo podría ser así cuando el que revela es uno y el mismo Dios?, página 2. (El subrayado es mío). Esta última es  o viene a ser  una interrogación retórica en la gramática de varias lenguas incluyendo el hebreo bíblico, y, el griego koiné o bíblico, vale decir, una pregunta que no tiene respuesta, y después el mismo escritor ya identificado en aquella obra suya, agrega: "la historia de la revelación divina es una historia de progresión hasta Cristo, pero no hay progresión después de él". página 3.

    LA CONTINUIDAD DE LOS PACTOS DEL ANTIGUO TESTAMENTO CON RESPECTO AL NUEVO TESTAMENTO.

       La teología bíblica o  los teólogos especializados en teología sistemática enseñan que en la Santa Biblia hay ocho pactos desde Génesis hasta la alianza actual:

          1) El pacto edénico que se desarrollo en el paraíso terrenal y en el cual Adán y Eva vivieron en un estado de inocencia y tuvieron los dones preternaturales. (Vea o repase el estudio bíblico publicado en este mismo blog denominado: "LOS DONES PRETERNATURALES").

      2) El pacto adánico (o adámico) fue un testamento incondicional, vale decir, que su cumplimiento dependía solamente de la soberanía divina sin derecho a una apelación humana establecido en Génesis 3:16 al 19, y, que incluyó la advertencia a Eva en cuanto a que esta daría a sus hijos con dolor, la maldición de la tierra o el suelo para la agricultura, el trabajo con sacrificio para poder comer y el aviso de su muerte volviendo al polvo desde donde se originó-

   3) El pacto noénico  establecido en Génesis 8:21 y 22 por el cual Jehová le prometió a Noé y su familia NO maldecir de nuevo la tierra, no terminar con la especie humana, y, la continuación de la siembra y la cosecha, el frío y el calor, el verano y la primavera, el día y la noche.

  4) El pacto abrahámico  instaurado en Génesis 12: 1 al 3 y Génesis 15: 18 al 21 y que fue incondicional, porque dependía solo de Dios en cuanto a que Abraham debía salir de su ciudad natal en Ur, capital de Sumeria, y, que incluía la promesa de fundar una nación especial que bendecería a los demás países de este mundo,también consideraba la promesa  de que el pueblo judío tomaría posesión para habitar desde el río Nilo hasta el río Éufrates, el principal de Asia occidental.

   5) El pacto mosaico instituido por Jehová teniendo a  Moisés como su máxima autoridad con un gobierno teocrático para la nación israelita o los extranjeros incorporados a esta por medio del decálogo o diez mandamientos, y, demás leyes registradas en el Pentateuco o también conocido en el judaísmo como la: "Torá".

   6) El pacto davídico en el tiempo de: "la Ley" formulado por Dios al rey David, quien gobernó Israel desde el año 1010 al 970 a. de C., aproximadamente, en 2a Samuel 7:12 al 16 y el cual incluyó:
      I)  La promesa de una dinastía, esto es, una sucesión de reyes del pueblo escogido por el Creador del universo.
       II) La promesa de un reino para gobernar incluyendo el territorio y los súbditos o ciudadanos, y, 
       III) La promesa de que la autoridad real establecerá en el futuro  el trono de David para siempre en este planeta, como declara Lucas 1:32 pasando así a ser un rey mesiánico, el ungido de Dios mismo, vale decir, el Señor Jesucristo.
      
       7) El pacto palestino ordenado por Dios a través de Moisés en la dispensación de: "la Ley", y,  registrado en los capítulos 27 al 30 del libro de Deuteronomio, de acuerdo a los siguientes fundamentos:

         a) La demanda divina de la obediencia incondicional del pueblo judío a los proceptos emanados de el mismo.
        b) La advertencia de Jehová de los castigos severísimos a Israel registrados en Deuteronomio 28:15 al 26.
       c) La amonestación del Señor Todopoderoso de que la insubordinación de los israelitas traería la dispersión de estos entre las naciones de este mundo, conocida hasta el día de hoy como: "la diáspora" (Deuteronomio 28:63)
       d)  La promesa divina, conforme a Deuteronomio 30:1 al 5 del regreso del pueblo judío, previo arrepentimiento de este, a la tierra que Jehová perpetuamente le concedió.
       e) El aviso del Padre celestial de que  las maldiciones pronunciadas contra Israel caerían también sobre los enemigos del pueblo perpetuamente elegido por el Altísimo, según Deuteronomio  30:7
        f)  La promesa, registrada en Deuteronomio 30:9 de una prosperidad biológica en cuanto  a una mayor descendencia con respecto a los antepasados hebreos, en animales, especialmente el ganado vacuno y en la agricultura.

         8) El nuevo pacto  fundado en el sacrificio sacrificio que hizo el Redentor y Salvador de la humanidad por los habitantes de este mundo incluso los que ya vivieron  o vivirán en el futuro, y, que se aplica o se hace efectiva para los que han creído en Jesús como único mediador entre Dios y los hombres.

          Ahora bien, de estas ocho alianzas decretadas por Dios con sus escogidos del Antiguo y del Nuevo Testamento, fue  en la cuarta de estas, vale decir, en el llamado: "pacto abrahámico, ya explicado, en donde Abraham le entregó: "el diezmo de todo" ("BIBLIA TEXTUAL" de la: "SBI", segunda y cuarta edición). En el texto hebreo del Antiguo Testamento el sustantivo: "diezmo" está en singular y NO en plural como lo tradujo la   versión Reina-Valera de 1960, resaltando el hecho de que más que la cantidad del diezmo otorgado por Abraham a Melquisedec, lo relevante es el concepto del traspaso de una parte del botín de la guerra en la que participó Abraham, practica autorizada por Dios en el capítulo 31 de Números y Deuteronomio 20:14 al designado: "rey" de Salem" en Géensis 14:18 y Hebreos 7:1 y 2, y ese pacto abrahámico" fue una alianza igual que los otros pactos ya explicados incluyendo el tiempo de: "la Ley", porque todos sin excepción proceden o tuvieron su génesis en Dios mismo, y, en nadie más,  y, entonces el argumento de que el diezmo era del tiempo de: "la Ley" se debilita muchísimo o simplemente queda invalidado, pues el llamado: "pacto abrahámico" era un convenio originado en Jehová, sino que está respaldado o avalado por un personaje de una gigantesca importancia,  más aun de lo que se ha supuesto en el ámbito crisitano-evangélico como es Melquisedec tal como la declara el extraordinario erudito cristiano ya mencionado del siglo XX F. F. Bruce y quien fue: M. A. (Master en Artes) y D.D. (Doctor en Divinidad) en su paso por este mundo, en su obra: "LA EPÍSTOLA A LOS HEBREOS" en el comentario a Hebreos 7:5 y 6a manifiesta: (cito textual)
"El argumento de nuestro autor, (el escritor anónimo del libro de los Hebreos), sin embargo, no descansa sobre los detalles de la administración del diezmo según la ley del Antiguo Testamento, sino sobre el hecho de que mientras los miembros de la tribu de Leví recibían diezmos de sus conciudadanos israelitas, que eran hijos de Abraham como ellos, Abraham (antepasado tanto de los levitas como de sus hermanos que les pagaban diezmos) reconoció la superioridad de Melquisedec pagándole diezmos a él.  El sacerdocio del orden de Melquisedec se nos muestra disfrutando de un
(e)status mayor que el sacerdocio levítico, Melquisedec, como Cristo, quien ha sido aclamado sumo sacerdote según su orden, no tiene su genealogía reconocida entre los hijos de Leví, página 143. (El subrayado es mío), excelente cita del libro  ya identificado que sirve mucho para comprobar, insisto, que el pasaje escritural de Génesis en el cual Abraham, el fundador humano de la nación judía le pasó un diezmo de un botín de guerra a Melquisedec, constituye un pacto creado en la eternidad por Jehová igual y NO inferior en ningún caso a la dispensación de: "la Ley", y que comenzó cuando de acuerdo al final del capítulo 19 y el capítulo 20 de Éxodo, el Señor Todopoderoso le entregó primero, verbalmente, los diez mandamientos y otras leyes adicionales a Moisés, y, después, según Éxodo 24 en tablas de piedra.

        Además, se puede: "levantar" el principio bíblico de que un mandato o ley establecido en el Antiguo Testamento y del cual NO se dice o agrega nada en el nuevo pacto, aquel precepto se mantiene vigente hasta el día de hoy (excepto en el caso de  unos 40 pecados diferentes castigados por Dios en el tiempo de: "la Ley"  con la pena capital, es decir, la pena de muerte en este mundo.), y
como los argumentos o razonamientos se demuestran mejor con casos concretos, ejemplifico lo siguiente: en el capítulo veinte de Levítico se mencionan once pecados sexuales, incluso uno de ellos, esto es, la prohibición absoluta de parte de Dios concerniente a que un hombre NO tuviere actividad sexual con la mujer de su padre, (Levítico 20:11) lo aplicó efectivamente, el apóstol Pablo en relación a un inmoral que había en la congregación de Corinto que estaba amancebado en su propia madrastra, y del cual Saulo de Tarso lo fulminó con la excomunión eclesiástica declarando enfáticamente en 1a Corintios 5:5: "el tal sea en entregado a Satanás para ruina de la carne, a fin de que el espíritu sea salvo en el día del Señor". ("BIBLIA TEXTUAL" de la: "Sociedad Bíblica Iberoamericana" ("SBI), segunda y cuarta edición).

   
            Asimismo, de las 10 faltas morales restantes concernientes a la degeneración sexual: en Levítico 20:12 Jehova advierte de manera severísima que un hombre que tenga cópula con su nuera, los dos morirán irremisiblemente, vale decir, sin el perdón divino, y en Levítico 20:17 el Creador del Universo proscribe que un varón que tuviere una relación sexual con su propia hermana contemplando su desnudez, ambos morirán, y, en Levítico 20:19 el Señor omnipotente amonesta en cuanto a que una persona del sexo masculino, vea o destape la desnudez por parte de madre o padre, y tenga un acto carnal con la mujer aquella, esta y el hombre fallecerían sin descendencia, y  Levítico 20:21  señala que el hombre que tuviere trato sexual con su cuñada, igualmente, serán castigados respecto a quedarse ambos sin hijos en el resto de su vida en este mundo, y de estos cuatros pecados sexuales ya mencionados NO se expresa ni un palabra en el Nuevo Testamento, significaría que un escogido de Dios pudiere descubrir y tener sexo con su nuera, con su hermana o hermanastra, o con su tía o con su cuñada, y NO recibiría un castigo humano o divino: yo ciertamente NO he conocido a nadie que sostenga una postura o pensamiento así, y en el caso  de la entrega del diezmo en una congregación cristiana genuina  es exactamente lo mismo, aunque alguno o algunos pudieren rebatirme diciéndome:
"no Ud. está mintiendo, está faltando a la verdad o errado, porque los pecados sexuales NO tienen nada que ver con el dinero". 

                    Y  el hecho que el Nuevo Testamento no se dice explícitamente que fue derogado o abolido, y, por el contrario, Cristo confirmó para el pueblo judío la practica del diezmar en Mateo 23:23
"¡Ay de vosotros, escribas y fariseos hipócritas, pues diezmáis la menta y el eneldo y el comino, y
habéis dejado lo más importante  (o de más peso) de la ley, la justicia y la misericordia y la fidelidad (o fe), mas esto se debía hacer, y, no dejar aquello" (traducción literal del griego koiné o bíblico a la lengua castellan), aunque yo insisto en que el diezmo en el nuevo pacto está tácito o implícito en 
Mateo 5:20  y en  relación con Mateo 6:1 y 2,  como lo fundamenté en mi estudio publicado en este mismo blog titulado: "EL MANDAMIENTO DIVINO SOBRE EL DIEZMO", práctica de los israelitas ratificada por Jesús en la parábola conocida como: "El fariseo y el publicano" en Lucas 18:9 al 14, y es igual, porque el que se reveló dando a conocer sus mandatos o mandamientos  tanto en el Antiguo Testamento.

        Y, puedo agregar que existe una inmensa cantidad de versículos en el antiguo pacto que declaran: "así dice Jehová", o: "vino a mi palabra de Jehová", y en el nuevo pacto el apóstol Pablo manifiesta solemnemente en 2a Timoteo 3:16 "Toda la Escritura es inspirada por Dios, y es útil para la enseñanza, para la refutación del error, para la corrección, para la instrucción en la justicia, segunda y cuarta edición de la: "BIBLIA TEXTUAL",  y, el participio femenino traducido como: "inspirada" por LA: "SBI"), "zeópneustos"  significa en el griego clásico y koiné o bíblico:  "respirado, dictado o soplado por Dios".

          Y,  por último, Hebreos 13:20 manifiesta: "Y el Dios de paz que resucitó de los muertos a nuestro Señor Jesucristo, el gran pastor de las ovejas, por la sangre del pacto eterno (traducción al idioma español del comentario de F. F. Bruce denominado: "LA EPÍSTOLA A LOS HEBREOS", y la preposición: por" en el versículo bíblico citado, se puede traducir a la lengua castellana también como: "a causa de o en virtud de", y las sublimes o elevadísimas palabras : "pacto eterno"  fueron mencionadas por el teólogo reformado John Murray en su obra: "EL PACTO DE GRACIA" ya reproducidas en este estudio bíblico, y todo esto significa que con la venida a este mundo, su tránsito terrenal, su muerte en la cruz del calvario por el perdón de los pecados de todos los residentes de este planeta incluso los que ya vivieron o vivirán, la aprobación divina de este sacrificio como manifiesta Efesios 5:2, y su resurrección procedente del Padre celestial suyo, enseñan que el pacto de la gracia establecido por el Hijo de Dios,  por el Redentor y Salvador de la humanidad, el único que pasó por   este   mundo   sin   pecado,  el más grande de todos los tiempos y el único que tuvo una doble naturaleza humana y divina, en una sola persona como lo declaró solemnemente el concilio de Calcedonia del año 451 d. de C. es definitivo, insuperable, inmejorable, irreversible, irrevocable, buenísimo, magnífico, maravilloso, notable, excelente y óptimo y hasta sobrepasa  la entenebrecida mente humana, y que por esto mismo, en esta dispensación de la gracia todavía vigente es completa, total y absolutamnete imposible que un discípulo o seguidor de Cristo que se congrega en una iglesia cristiana verdadera haga menos, contabilizando la entrega del diezmo, por supuesto en una asamblea cristiana auténtica que las obras y el esfuerzo que hacía un judío o un extranjero incorporado al pueblo hebreo por obedecer los mandatos o mandamientos o mandamientos procedentes de Jehová en la ya pasada dispensación de: "la Ley", e, insisto o reitero finalmente:
¡NO ES POSIBLE!.


%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%%


P. S.  Como bien me dijo una amiga de la: "Primera Iglesia Bautista de Valparaíso" en donde yo soy miembro en plena comunión", el que NO quiere diezmar, SIEMPRE va a tener una excusa para NO hacerlo, lo cual significa que aunque los argumentos doctrinales sean muy buenos a favor diezmo, y  muy bien fundamentados en las Sagradas Escrituras, incluso recurriendo a la gramática y el vocabulario de los idiomas originales en la cual fue escrita la Santa Biblia,  aquel   que a causa de excelentes, descomunales y magníficos pretextos humanos, resolvió NO entregar en una iglesia cristiana auténtica a su aporte mensual de un 10% como mínimo del total de sus ingresos económicos,  nada o nadie podrá convencerlo de lo contrario.
¡NADA!.













        
     

Comentarios

Entradas populares de este blog

LA IMPOSIBILIDAD DEL PASTORADO FEMENINO EN EL NUEVO TESTAMENTO

EL TRIBUNAL DE CRISTO